Sin categoría

La AFIP reglamentó la ampliación de la moratoria

Publicado el

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020. Pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.

Los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de octubre para registrarse a través de afip.gob.ar.

La Resolución General 4816 publicada en el Boletín Oficial pone en marcha la Ley 27.562. La iniciativa aprobada por el Congreso de la Nación extendió el alcance de la Moratoria 2020 para incluir a aquellas personas humanas y personas jurídicas que originalmente no habían sido contempladas a finales del año pasado.

Principales características de la ampliación de la Moratoria 2020

● Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020

● Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020

● Primera cuota vence el 16 de diciembre

● Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran pueden regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras. Los plazos son de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

● Condonación parcial de intereses y total de multas.

● Tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021. A partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.

● Condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

● Establece para un grupo de contribuyentes la obligación de repatriación de activos financieros situados en el exterior en un plazo de 60 días desde que se formaliza la adhesión

Fuente: Iprofesional

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *